Duarte Castillo, S. M., y Vega Campos, M. A.
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Año 6, núm. 17 / mayo - agosto del 2021 DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v0i17.101
Pp. 48-86
Tabla 4
Continuación...
No. Título del Autor(es) ¿Qué se ha dicho, escrito o investigado sobre la NOM-035-STPS-2018? documento |
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19. |
Diagnóstico de las percepciones de los factores de riesgo psicosociales en el trabajo del personal de una industria manufacturera |
Luna- Chávez, E. A., Anaya- Velasco, A., y Ramírez- Lira, E. (2019) |
prácticas, utilizando para su diagnóstico instrumentos precisos, contextualizados y, establecer estándares para la óptima salud ocupacional, por medio de legislaciones o acciones de intervención (Potter, O´Keeffe, Leka, Webber, y Dollard, 2019; Unda et al., 2016; Vazquez, Pianezolla, y Hutz, 2018; Weissbrodt, Arial, Graf, Iff, y Giauque, 2018) ”. |
Fuente: Elaboración propia a partir de las fuentes consultadas.
Conclusiones
Como parte de la revisión del estado del arte para dar respuesta a la pregunta: ¿Qué se ha dicho, escrito o investigado sobre la NOM-035-STPS-2018? , se puede emitir una conclusión desde dos vertientes: 1) Comentarios vertidos por veintidós promoventes que participaron en la revisión y análisis del proyecto de la NOM-035; y 2) Resultados de investigación publicados durante el periodo 2018-2020, que en el título de estos documentos o en cualquier otra parte de su contenido se presentara la palabra clave NOM-035.
Por lo que se refiere a la primera vertiente, se encontró que una buena parte de los comentarios vertidos por los promoventes fueron desechados (77%), argumentando que estos no procedían porque no se ajustaban a lo establecido por diversa normatividad, como es el caso de la Ley Federal del Trabajo y del Reglamento Federal
de Seguridad y Salud en el Trabajo; no obstante que
muchas de las opiniones resultaban pertinentes para la aplicación de la citada NOM-035. Debe resaltarse que la mayor parte de los promoventes son personas que cuentan conocimientos y experiencia en la materia de que se trata. Esta situación puede resultar contraproducente al momento de buscar la participación de la sociedad para la revisión y análisis de una política pública, ya que al observar que sus opiniones no se toman en cuenta, pueden comportarse de manera apática en el caso de otra consulta pública.
Con respecto al punto que antecede, los autores de este trabajo consideran que si una propuesta resulta favorable para que una política pública tenga mayor efectividad, debiera considerarse, no obstante que ello implique la modificación o abrogación de algún otro instrumento normativo.