Miranda Pegueros, M., López Castro, E. M., y Vega Zarate, C.
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Vol. 7, núm. 19 / enero – abril del 2022 DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v7i19.136
Pp. 150-164
necesidades. Bajo esta óptica, se podría considerar que la RSE entra bajo una perspectiva de un compromiso empresarial hacia la sociedad y sus peticiones, como señala Melé (2009): “Si tomamos la RSE en un sentido amplio, entonces la teoría de los Stakeholders puede considerarse una teoría de la RSE, ya que proporciona un marco normativo para los negocios responsables hacia la sociedad ” (p. 63).
Bajo esta óptica los grupos de interés son tomados en cuenta como socios de la empresa, a los cuales se les debe de considerar y maximizar la obtención de beneficios sociales . Por lo que, la gestión empresarial debe dirigirse no solo a la búsqueda de utilidades para los accionistas sino también para los grupos de interés, con el fin de que las demandas que estos les imponen surtan efectos a través de los marcos normativos vigentes.
A través de esta teoría, se reconoce la premisa de que los grupos de interés son parte fundamental del sistema en el que se desarrolla la empresa ya que pueden afectar a la toma de decisiones empresariales (Agle et al., 2008; Fernández y Bajo, 2012; Freeman, 2010) , esto mediante la presión que estos grupos pueden ejercer para demandar bienestar, y generar un cambio en las legislaciones que puedan repercutir en multas o sanciones.
En esta misma línea, autores como Agle et al. (2008) consideran al gobierno como elemento indispensable, ya que se encarga de establecer las reglas del juego a través de la promulgación de leyes, es decir, modelar el comportamiento de las empresas que se encuentran dentro del sistema; para lograr la maximización del valor total a largo plazo de la empresa. Por lo que, se acepta la premisa de que el gobierno es el único
encargado de la resolución de los problemas, pero bajo su papel de gestor de las reglas del juego (promulgación de leyes) y como vigilante, con el fin de minimizar los costos impuestos a la sociedad derivados de un comportamiento empresarial desmedido en materia de sostenibilidad.
En virtud de lo anterior, se entiende que esta problemática no puede ser resuelta a nivel micro, es decir, entre empresas e individuos y, por tanto, la búsqueda de soluciones efectivas debe de originarse mediante acciones colectivas de los grupos de interés, planteando una perspectiva en donde la coerción va moldeando el comportamiento de la empresa a través de leyes promulgadas.
La coacción de los grupos de interés permite identificar que la motivación empresarial puede ser modificada y pasar de ser voluntaria a obligatoria (siempre y cuando exista una coordinación que genere sincronía en los procesos), sin embargo, para ser efectiva se requiere una presencia fuerte de organismos vigilantes que validen el cumplimiento de las leyes.
Para esto, un flujo adecuado de la información entre gobierno, grupos de interés y empresas sienta las bases para un correcto proceso en la toma de decisiones. Lo anterior ayuda a evitar el surgimiento de algún tipo de conflicto y de esta forma lograr un equilibrio entre los múltiples intereses que puedan surgir (Narayanan y Adams, 2017). Por lo que, se acepta la siguiente premisa: el flujo de información juega un papel importante para la reducción de los costes de transacción, que genera una sinergia entre los Stakeholders y la empresa, esta última construye una imagen a través de esto.
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Los beneficios sociales se entienden como aquellos que responden a las demandas de sostenibilidad, y en este trabajo se encaminan a los
establecidos en los ODS enlistados en la Agenda 2030.