TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN
Ana Elsa Ortiz Noriega; Sergio Félix
Enríquez
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Núm. 8 / mayo – agosto del 2018
Tabla 3. Continuación...
Reglamento Código conceptual |
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Cuerpos Academias Obligaciones Evaluación Académicos académicas académica |
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PEDPD |
Como figura por fortalecer, integrar y consolidar |
Como actor institucional por fortalecer |
Funciones de docencia (sustantiva), generación y aplicación de conocimientos, tutorías y participación en cuerpos colegiados |
Definición de actividades académicas, para el concurso de méritos de calidad, dedicación y permanencia |
Fuente: Elaboración autores.
Los códigos, con base en los conceptos establecidos en los reglamentos se agruparon en cuatro: Cuerpos académicos, academias, obligaciones académicas y evaluación académica. Entre ellos el origen conceptual son las obligaciones académicas, a partir de los cuales la figura de control y enlace institucional son las academias, teniendo como consecuencias secundarias la evaluación académica, de impacto directo al ingreso del maestro de tiempo completo, como de importancia personal prioritario entre los académicos, apareciendo al final los cuerpos académicos como una figura mencionada normativamente en la Universidad de Sonora solamente en el PEDPD, sin que su atención se convierta en un indicador de peso en la evaluación de méritos final de los docentes.
La situación anterior, puede justificarse por la exposición nacional de motivos del PEDPD: “... compensar, reconocer y estimular la calidad, la dedicación y la permanencia en el trabajo docente ” de acuerdo a la libre reglamentación interna autorizada a las universidades para asignar los recursos recibidos de la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de
Hacienda (Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente de la Universidad de Sonora, 2008).
En los reglamentos revisados, el vacío conceptual y de mención de los CA en la normatividad, es resuelta a través de la leyenda de ajustes necesarios reconociendo la evolución y modernidad de las situaciones, solo en dos reglamentos: el RA y el PEDPD, indicando en ellos mismos la libre modificación institucional. Por su parte en el EG, EPA, CCT y RA no existe ninguna mención en clausulado de los cuerpos académicos, mientras la referencia del PEDPD a la letra dice:
En el diseño de los procedimientos y mecanismos de evaluación del programa, el Colegio Académico ha procurado favorecer e inducir el fortalecimiento de los cuerpos académicos y de las academias como instancias básicas del quehacer académico de la Universidad, así como la consolidación del modelo divisional y departamental de nuestra actual estructura académica (Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente de la Universidad de Sonora, 2008).