Álvarez Gómez, M. J., Galván Mendoza, O., y Velasco Aulcy, L.

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Vol. 8, núm. 22 / enero abril del 2023 DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v8i22.196

Pp. 33-63

régimen procesal diseñado en el Derecho procesal constitucional sudafricano. Respecto al control de leyes, señala el mismo autor que existen dos tipos de control: abstracto(europeo) y concreto(americano); en el primero de ellos es preventivo y abstracto, cuando se demanda la inconstitucionalidad de un proyecto de ley, con lo que el procedimiento legislativo queda en suspenso; el control represivo, en este caso abstracto, se lleva a cabo cuando exista contradicción entre alguna norma jurídica (Act Parliament) y el orden fundamental; De acuerdo con el mismo autor, otro de los procesos bajo el primer supuesto, es la certificación de las reformas a la Constitución nacional o alguna Constitución provincial, competencia que no poseen modelos continentales europeos, que suele ser más propio de ordenamientos constitucionales Latinoamericanos: tales como Colombia, Costa Rica y Guatemala. Finalmente, el control en concreto se lleva a cabo vía de apelación, es decir, la confirmación de una orden de invalidez constitucional; dicha resolución judicial es llevada de una Corte inferior hasta la Corte Constitucional.

El análisis realizado por el autor fue a través de un estudio del crítico control constitucional en Sudáfrica, y de que autoridades pueden emitir resoluciones firmes, a través de la obtención de datos mediante la interpretación de la legislación aplicable, desde una perspectiva bajo el control de constitucionalidad del sistema legal.

Marruecos

De acuerdo con la Oficina Económica y Comercial de España (2021), el sistema fiscal marroquí comprende tres tipos de tributos: impuestos, tasas y contribuciones especiales. En Marruecos, existen dos niveles de imposición, el estatal y el local. Seguidamente, la Administración Central gestiona la emisión y recaudación de los impuestos locales, cuyos ingresos

entrega a los municipios. Además, en dicha nación el Impuesto sobre la Renta (Impôt sur le Revenu o IR) grava las rentas obtenidas por las personas físicas y por las personas jurídicas no sujetas al Impuesto de Sociedades. En particular, el mismo autor señala que son objeto de gravamen:

Las rentas profesionales.

Las rentas derivadas de explotaciones agrícolas. Los salarios y rentas asimiladas.

Las rentas y rendimientos inmobiliarios.

Las rentas y rendimientos del capital mobiliario. Continente: Europa

Suecia

Sáez, Schoefer y Seim (2019) señalan que, utiliza datos administrativos para analizar un gran recorte de la tasa de impuestos sobre la nómina pagado por el empleador para los trabajadores jóvenes en Suecia. Las empresas que emplean a muchos trabajadores jóvenes, de acuerdo con los autores, reciben una ganancia impositiva mayor y se expanden inmediatamente después de la reforma: aumentan el empleo, el capital, las ventas y las ganancias. Las empresas intensivas en jóvenes también aumentan los salarios de todos sus trabajadores colectivamente, tanto jóvenes como viejos, en consonancia con el reparto de la renta de las ganancias extraordinarias de impuestos.

El análisis practicado por los autores fue a través de los efectos de tener empleados jóvenes en el pago del Impuesto Sobre Nómina, cuya obtención de datos fue a través de datos públicos de empresas suecas, analizados desde una perspectiva bajo los factores que influyen en la determinación para evadir dicho Impuesto Sobre Nómina.