Verona Martel, M. C., y Espinel Herrera, M.
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Vol. 8, núm. 22 / enero – abril del 2023 DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v8i22.199
Pp. 106-134
Hay que apuntar que todas las empresas que han recibido denuncias por casos de acoso/discriminación pertenecen al conjunto que ha recogido en los documentos estudiados el ítem rechazo a la discriminación por motivos de orientación sexual. El análisis por sectores indica que el sector Petróleo y Energía es el que tiene un mayor porcentaje de esta clase de denuncias con un 66,67%, mientras que el resto se encuentra con porcentajes inferiores al 33,40%, destacando el sector Servicios de Consumo con un 14,29%. Con respecto a este sector, es de interés señalar que es el que posee un menor porcentaje de empresas que recogen en su Informe de RSC datos acerca de si han tenido denuncias o no de cualquier tipo (35,71%), además es el segundo sector con mayor porcentaje de empresas que no han publicado el procedimiento para hacer denuncias, perteneciendo a este sector la única empresa que no tiene publicado el canal de denuncias del conjunto de firmas que han recogido en sus normas el ítem que se estudia.
Continuando con el estudio de las denuncias, se ha considerado de interés conocer cómo se ha de tramitar las mismas, por lo que se ha procedido a analizar la información que publican las empresas al respecto. Así, en lo que se refiere a las 68 empresas que han incluido el ítem objeto de estudio, todas excepto una, tienen canal de denuncias, como ya se indicó, con lo cual presentan unos porcentajes altos de comunicación de cómo se ha de realizar el procedimiento de denuncia y de quién puede hacerlo. La mayoría indican que se debe hacer a través de correo electrónico (indicando el mismo), y que ha de ser nominativa por lo que el denunciante tiene que identificarse con sus datos personales. En cuanto a quién puede presentar una denuncia, se puede decir que alrededor de la mitad solo permite que la hagan los empleados, mientras que el resto también concede esta posibilidad a otros grupos de interés de la empresa.
Si se analiza esta cuestión para la totalidad de las 134 empresas, los resultados obtenidos coinciden en líneas generales con los expuestos para las empresas que han incluido en los documentos analizados el ítem que se estudia en este trabajo.
Para tramitar las denuncias, algunas firmas cuentan con una empresa externa contratada para llevar estos procedimientos, otras indican que han de ser remitidas al presidente del comité de auditoría, y otras disponen de un comité ético. Asimismo, las empresas inciden en que se garantizará la más absoluta confidencialidad en la tramitación de la denuncia y que están prohibidas las represalias a la persona que ha denunciado; aclarando también que las denuncias realizadas no supondrán ninguna represalia siempre que estas se realicen de buena fe, aportando evidencias sobre los hechos ocurridos o la posibilidad de que puedan ocurrir.
Una vez analizados los códigos éticos, las Políticas de RSC y Políticas complementarias, así como los Informes de responsabilidad social de las empresas que incluyen el ítem objeto de estudio, se ha podido comprobar que solo cuatro empresas dedican algo más que una simple mención a dar a conocer su compromiso de no discriminar a las personas que tienen una orientación sexual diferente de la heterosexual.
Las cuatro empresas pertenecen solo a dos sectores, en concreto, una al sector Materiales Básicos, Industria y Construcción, y las tres restantes al sector Tecnología y Telecomunicaciones. El primer sector mencionado ocupa el segundo puesto en el ranking de sectores con un mayor porcentaje de empresas que han recogido el ítem rechazo a discriminar por motivo de orientación sexual con un 54,55%. En cambio, el segundo sector ocupa el primer puesto (compartido con el sector Petróleo y Energía), con un 66,67%.