Olivares Gil, K. S.

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Vol. 8, núm. 24 / septiembre diciembre del 2023

Tal como se ha comentado, este puesto de trabajo suele ser desempeñado fundamentalmente por mujeres, con lo cual puede aparecer la discriminación por género. A este respecto, se cuenta con sentencias de los tribunales en contra de hoteles por discriminar a las camareras de piso por ser mujeres. Por ejemplo, en noviembre de 2017 el Tribunal Superior de Justicia de Canarias declaró nulo el pacto salarial de un hotel de Tenerife por discriminación por género a este colectivo (Monforte Jaén, 2017).

Al hacer referencia a la discriminación, se ha de tener en cuenta que se puede sufrir al mismo tiempo más de un tipo, por ejemplo, una camarera de piso puede ser discriminada por su lugar de origen y por su religión.

El acoso psicológico se suele denominar también acoso laboral, de hecho, así lo llama la Ley Orgánica 5/2010, que lo define en su preámbulo como “el hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad ”.

El sector turístico, según distintos investigadores, presenta características que facilitan que se produzcan actos de acoso psicológico (Ariza-Montes et al. 2017; Civilidag, 2014). Por ejemplo, el trabajo en la hostelería precisa de una gran interacción interpersonal y comunicación con superiores, subordinados, compañeros del mismo nivel y con los clientes, lo que puede dar lugar con el paso del tiempo a conflictos entre las personas, que si no se resuelven bien pueden llegar a producir actos de acoso psicológico (Civilidag, 2014, p. 2).

En el caso de las camareras de piso, pueden recibir acoso psicológico por parte de sus superiores, en este

caso subgobernantas y gobernantas, ejecutándose el mismo de distintas formas como a través de encomendarle las peores tareas de su puesto de trabajo y/o estar controlándolas constantemente. También, puede provenir este tipo de acoso de otro trabajador de la empresa, como compañeras de trabajo o empleados que tengan interacción diaria con el departamento de pisos como recepción, room service o mantenimiento, y por último, de los clientes, siendo este más difícil que tenga lugar porque para considerar un determinado comportamiento como acoso psicológico se necesita que se produzca durante un periodo prolongado de tiempo, y los huéspedes no suelen permanecer tanto tiempo en el establecimiento. La finalidad del acoso psicológico, conocido también por su término en inglés mobbing , es aislar totalmente a la persona de tal forma que le sea imposible estar en la empresa y opte por abandonarla, el fin siempre del mobbing es que la víctima se vaya de la empresa “aparentemente de forma voluntaria ”.

En relación al acoso sexual, en España, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el artículo 7.1 lo define en los siguientes términos:

Sin perjuicio de lo establecido en el

Código Penal, a los efectos de esta Ley constituye acoso sexual cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

Moreno Alarcón y Cañada Mullor (2018, p. 28) señalan que la industria turística suele presentar una

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Para una mayor comprensión de este tipo de acoso véase Verona Martel (2016).