Olivares Gil, K. S.

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Vol. 8, núm. 24 / septiembre diciembre del 2023 DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v8i24.223

Pp. 47-69

El sufrir acoso/discriminación en el puesto de trabajo es muy perjudicial para la víctima afectando tanto a su vida laboral como personal. A este respecto las trabajadoras del hotel de Andorra afirman que lo han sufrido un 5,4% de ellas, frente a un 18,9% en el hotel de Gran Canaria. En cuanto al tipo de acoso/discriminación que sufren, en el hotel de Andorra afirman que solo han padecido discriminación por el lugar de origen y que ha procedido de compañeros/as. En cambio, en el hotel de Gran Canaria señalan que han sufrido acoso psicológico, principalmente, aunque también discriminaciones por lugar de origen y por inexperiencia laboral, y abuso de poder, siendo los responsables, fundamentalmente, los jefes/as, seguidos de los compañeros/as.

Como ya se ha comentado, las camareras de piso se sitúan en la jerarquía de la organización en el nivel más bajo, lo que puede producir que sean menospreciadas por otros departamentos de la empresa debido a que son personal de limpieza. A este respecto, un 45,9% de las trabajadoras del hotel de Andorra afirman sufrirlo, pero en el de Gran Canaria el porcentaje se eleva a un 81,1%; en ambos casos, señalan al mismo departamento, el de recepción.

Las respuestas obtenidas de las encuestas realizadas señalan que las condiciones laborales que tienen que soportar las camareras de piso no son nada favorables, ya sea en el hotel de Andorra o en el hotel de Gran Canaria. No obstante, parece que la situación para las primeras es más favorable por varios motivos como, por ejemplo, el hecho de trabajar dos camareras juntas por habitación hace que el tiempo real para hacer el trabajo esté más acorde con el establecido por la empresa, pudiéndose repartir el volumen de trabajo, al mismo tiempo que están más protegidas cuando entran en una habitación, además sufren menos nivel de

acoso/discriminación, y tienen el sentimiento de ser valoradas y escuchadas por sus superiores.

Teniendo en cuenta todo lo expuesto, sería deseable que en un futuro próximo todas, o por lo menos, la mayoría de las demandas formuladas por las camareras de piso a través de su Asociación, les fueran concedidas, y también sería muy beneficioso, tanto para este colectivo como para la propia imagen corporativa del establecimiento, que cada empresa de alojamiento turístico crease sus propias medidas para satisfacer a estas trabajadoras, las cuales deben de ser aprobadas previamente por la Asociación de Las Kellys.

Referencias

Ariza-Montes, A., Arjona-Fuentes, J. M., Law, R., y Han, H. (2017). Incidence of workplace bullying among hospitality employees. International Journal of Contemporary Hospitality Management , 29 (49), 1116- 1132.

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