Olivares Gil, K. S.
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Vol. 8, núm. 24 / septiembre – diciembre del 2023
3. ¿Ha trabajado en el turismo de sol y playa y en el turismo de invierno y nieve?
Evidentemente el resultado obtenido para el hotel de Andorra es un 100% en cuanto al turismo de invierno y nieve, y para el de Gran Canaria otro 100% en cuanto al de sol y playa, ya que es donde se encuentran las trabajadoras en el momento de hacerles la encuesta, pero se ha obtenido otro tipo de respuestas cuando se le pregunta por el tipo de turismo contrario a aquel en el que se encuentran en la actualidad.
Así, un 18,9% de las trabajadoras del hotel de Andorra responden que no han trabajado en el turismo de sol y playa, siendo un 81,1% el que sí ha trabajado en él. Este último porcentaje se debe a que muchas de las camareras de piso no son de Andorra, y han ejercido este trabajado en países con turismo de sol y playa.
En cuanto a las trabajadoras del hotel de Gran Canaria, los datos obtenidos indican que un 33,3% sí han trabajado en el turismo de nieve frente a un 66,7% que no lo ha hecho.
Con lo cual las camareras de piso del hotel de Andorra poseen un conocimiento más amplio acerca de los dos tipos de turismo.
4. ¿Se encuentra contratada en la empresa de forma indefinida o de forma temporal?
Teniendo en cuenta la alta estacionalidad que presenta el destino Andorra, se ha obtenido las siguientes respuestas que reflejan dos resultados bastante distintos. En el hotel de Andorra, el 40% de las encuestadas pertenecen a la plantilla fija de la empresa frente al 60% restante que tiene un contrato temporal. Sin embargo, en el hotel de Gran Canaria, el 70% de las camareras de
piso son plantilla fija de la empresa frente al 30% restante que tienen un contrato temporal.
Aclarar que esta situación es debida, entre otros factores, a la comodidad de vida del destino, siendo el Principado de Andorra menos atractivo, más complicada la obtención de permisos de trabajo en el caso de ser personas procedentes de otros países, por ejemplo, de fuera de la comunidad europea, y a la alta estacionalidad turística.
5. ¿Ha trabajado alguna vez fuera del Convenio Colectivo de Hospedaje ? Es decir, su sueldo varía en función del número de habitaciones a realizar diariamente.
El 81,1% de las trabajadoras del hotel de Andorra no han trabajado fuera del Convenio Colectivo de Hospedaje, mientras que el porcentaje se eleva a un 94,6% para las trabajadoras del hotel de Gran Canaria.
Una explicación a estas cifras tan elevadas es consecuencia de que en el hotel de Andorra la mayoría de su plantilla se puede calificar de novel en cuanto a experiencia laboral y cuando han comenzado a trabajar en este puesto de trabajo ya se encontraba el Convenio Colectivo de Hospedaje aplicado al sector turístico, y en el caso de Gran Canaria, al ser uno de los tres destinos turísticos más importantes de España, fue de los primeros lugares donde se implantó esta medida.
En el otro extremo, se encuentran las que sí lo han hecho, un 18,9% de trabajadoras del hotel de Andorra y un 5,4% del hotel de Gran Canaria, siendo el principal motivo el hecho de que han desarrollado este tipo de trabajo en países donde no existe el Convenio Colectivo de Hospedaje ni ninguna normativa similar.
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El Convenio Colectivo de Hospedaje es como se le llama comúnmente en el sector turístico a la Resolución de 6 de mayo de 2015, de la
Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Acuerdo Laboral de ámbito estatal para el sector de hostelería, que existía solamente en España siendo al respecto un país pionero, y que, posteriormente, ha sido adoptado por varios países europeos, entre ellos el Principado de Andorra.