Verona Martel, M. C., y Melián Galván, B.

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Vol. 9, núm. 25 / enero abril del 2024

es de 21,53 páginas, siendo la cifra menor igual a siete páginas y la mayor de 64.

Por otro lado, otra cuestión relevante cuando una empresa posee un código ético es que debe dar a conocer con claridad la forma en que se pueden denunciar los incumplimientos de este. Para ello, las empresas deben establecer un protocolo concreto y específico que se ha de seguir cuando se quiere poner una denuncia, el cual se suele denominar canal de denuncias o canal ético; información que debería incluirse en el propio código ético.

De las 111 empresas que poseen código de conducta a 31-12-2021, son 109 (98,20%) las que incluyen en el propio código la forma de denunciar cuando este no se cumpla, siendo 105 (94,59%) las que poseen un canal ético o de denuncias para ello, que se menciona y explica en el mismo código. Por tanto, se observa que las empresas se inclinan claramente por incluir en su código la información relativa a la forma de denunciar y a su canal de denuncias. Las dos empresas que no indican en su código como denunciar, sí lo hacen en su página web oficial y tienen un canal de denuncias creado para ello. De las seis que no tienen explicado su canal de denuncias en su código ético, dos lo explican en la web oficial, como se ha indicado, y otra también explica en la web oficial cómo se puede denunciar, pero no tiene creada la figura de un canal ético como tal; las tres restantes indican en su código ético que tienen un canal de denuncias, pero no lo explican ni dentro ni fuera de él .

Centrando el análisis en las 105 empresas que sí comentan con detalle su canal de denuncias en el código de conducta, se ha podido observar que 45 (42,86%) de

ellas indican expresamente una dirección de correo electrónico a la que se ha de enviar la denuncia. De estas, un total de 30 (66,67%) complementan el uso del email con otras formas, siendo estos otros medios, principalmente, el correo postal, el teléfono, la intranet corporativa y la utilización de un cuestionario que tienen habilitado en su página web oficial. En cuanto a las 60 empresas (57,14%) que no indican un correo electrónico para hacer la denuncia, los métodos que más se señalan que ha de utilizar el denunciante son los indicados anteriormente para complementar el uso del correo electrónico.

En general, es frecuente que las empresas indiquen como mínimo dos formas que se pueden utilizar cuando se quiere presentar una denuncia. Se ha de mencionar especialmente que, entre los medios señalados para denunciar se indique, con frecuencia, el tradicional correo postal, aunque si bien, cuando se cita también se ofrecen otras formas, normalmente, electrónicas. Con el fin de averiguar el uso de estas últimas, se ha hecho un análisis más profundo de los medios que se pueden utilizar para denunciar, obteniéndose los siguientes resultados: a) 15 empresas solo utilizan el correo electrónico; b) de las 30 empresas que usan además del correo electrónico otros medios para atender las denuncias, estos son electrónicos en 15 de ellas; y, c) de las 60 que no utilizan el correo electrónico, 38 han elegido otros medios electrónicos. Por tanto, un total de 83 empresas de las 105, es decir, el 79,05%, utilizan algún mecanismo electrónico para que se pueda presentar la denuncia. El resto utiliza formas tales como dirigirse personalmente o en ocasiones por escrito, a un superior jerárquico, al departamento de recursos humanos, a la unidad de cumplimiento y a la asesoría

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Estas seis empresas tienen un código ético con un número de páginas inferior a la media, concretamente varían entre siete y trece páginas.

Lo que constituye un apoyo a la afirmación de que un código de conducta con un número reducido de páginas es muy probable que no sea muy detallado en algunos aspectos.