Kuroda Inzunza, E. Y.

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Vol. 10, núm. 28 / enero abril del 2025 DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v10i28.273

Pp. 43-60

los datos cuantitativos de cada país y posteriormente se realizó la conclusión comparando la recaudación del ISR entre los dos países México y Argentina.

Impuesto sobre la renta en México

La constitución política de los estados unidos mexicanos (2024), en su artículo 31 fracción IV, describe que es obligación de los mexicanos Contribuir para los gastos públicos “de la manera proporcional y equitativa que disponga las leyes ”. A razón de esto se implementa la Ley del Impuesto sobre la renta (2014), describe que tanto las personas físicas o morales deberán pagar el impuesto en todos los casos respecto a los ingresos siendo residentes en México independientemente de la ubicación de la fuente de la riqueza, los residentes en el extranjero que su fuente de ingresos es un establecimiento en el país y los residentes en el extranjero que sin contar con un establecimiento en el país pero sus ingresos proceden de fuentes de riqueza situadas en el territorio.

La ley grava la utilidad derivada de la actividad empresarial y los ingresos obtenidos por el contribuyente; en la ley se describen las clasificaciones de los regímenes fiscales.

Las personas morales aparecen en el titulo II, en donde para el cálculo del impuesto sobre la renta se le aplica la tasa del 30% al resultado fiscal del ejercicio. Los regímenes tienen diferentes tasas ejemplo: el régimen de la confianza que va de 1% al 2.5 % sobre monto de las ventas y en ventas anuales de 300,000.00 a 3,500,000.00; así como las nuevas reformas de pago de impuestos sobre plataformas de acuerdo al servicio de trasporte del 2.1%, de servicios de hospedaje del 4% y de enajenación de bienes y servicios del 1%; la tarifa anual de las personas físicas es del 1.92% al 35% (Art. 152), entre otros ingresos gravables y demás regímenes fiscales que aparecen en la Ley del Impuesto sobre la renta. El ISR se creó con la finalidad de llevar a cabo una recaudación tributaria en el ámbito del impuesto sobre la renta,

considerado en la recaudación fiscal como uno de los impuestos los cuales proveen presupuesto para el gasto público.

Gómez y Morán (2016), describen que el impuesto sobre la renta fue uno de los primeros que se implementaron antes que el Impuesto al valor agregado, el ISR tomó impulso entre los años 1950-1960, con la aplicación de la política fiscal y el enfoque redistributivo de los tributos y mencionan que en algunos países los impuestos directos consistían el 30% de sus ingresos tributarios a pesar de las inequidades en los ingresos.

González, D. (1997), especifica que en los años 1960- 1970 se implementó el impuesto al Valor agregado en 1970 para Argentina y en 1980 para México, por lo que el impuesto sobre la renta paso a ser un impuesto en segundo término siendo el que más recaudaba el IVA. Y en algunos países la relación de recaudación fue de 3 a 1, siendo 1 los impuestos directos; pero por otro lado la recaudación en los países anglosajones como: Canadá, Estados Unidos, Jamaica y Trinidad y Tobago el impuesto sobre la renta es la fuente principal del tributo y en el mismo sentido en Venezuela en América latina es el impuesto del cual proviene la fuente principal de su recaudación Tributaria. Se ha notado la necesidad de no depender solo de lo que se recauda en los impuestos del consumo y darle más relevancia a los impuestos directos para que el estado recaude más ingresos cuando se enfrentan las crisis lo que ha contribuido a que los países de América Latina modifiquen sus políticas tributarias, considerando así el no aumentar las alícuotas pero modificar las exenciones del impuesto sobre la renta las cuales se implementaron a sectores económicos.

Gómez y Morán (2016), exponen que en el año 2012 se disminuyeron las alícuotas del ISR para personas jurídicas en América latina por lo que estas casi son similares a los países desarrollados; por lo contrario, en el impuesto de la renta en personas físicas en América latina son menores a las de los países miembros de la OCDE.