TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN
Cynthya Urbalejo Medina
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Núm. 9 / septiembre – diciembre del 2018
Con este precepto constitucional, se consagra el derecho que tenemos como ciudadanos de esta nación, a tener acceso y a poder solicitar cualquier información que necesitemos, así como a participar socialmente, y a exigir que los gobernantes se responsabilicen de la administración, manejo y ejercicio de los recursos.
En nuestro país, derivado de la exigencia social de conocer el quehacer de los actores que ejercer el gasto público y con la finalidad de atacar los actos de corrupción, surgen diferentes medidas por parte del Estado mexicano.
“Rendición de cuentas es una traducción inexacta del término anglosajón accountability, que en su acepción original significa “ser sujeto a la obligación de reportar, explicar o justificar algo; ser responsable ante alguien de algo ” . (Ugalde, 2002:9)
Gutiérrez Salazar (2017) hace referencia a una de esas medidas para que el combate a la corrupción sea homogéneo en toda la República, la cual consiste en que por mandato constitucional las entidades federativas están obligadas a establecer sistemas locales anticorrupción, bajo los mecanismos de coordinación que establezca el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).
Asimismo, según otro tratadista, la rendición de cuentas comprende, al menos, tres elementos que tienen como propósito prevenir, subsanar y, en su caso, castigar el abuso del poder; estos elementos son: Información de las actividades gubernamentales, Justificación y Castigo de los responsables en caso de ilegalidad. (Gutiérrez Salazar, 2017:62)
Con base en dichos conceptos, se entiende que la información de las acciones llevadas a cabo por servidores públicos del gobierno requiere estar sustentada en la documentación correspondiente, la cual debe amparar también, la justificación de dichas
acciones, y prever, además, las sanciones a que se harán acreedores en caso de incumplimiento de la ley vigente en la cuestión de que se trate.
En el mismo sentido, otro concepto que surge de la rendición de cuentas por parte del gobierno es el de transparencia, la que se define como cualidad de un cuerpo a través del cual pueden verse los objetos claramente, pero ubicándolo en términos de gobernanza, se expresaría que las acciones del Estado deberán de ser totalmente claras, y en su caso poder verlas a simple vista. Con esto reforzamos la idea de que el acceso a la información deberá de cumplir con ciertas características para poder considerarse como parte de una evaluación adecuada de la función pública.
2. Problemática
En nuestro país, tenernos un sinfín de mecanismos, organismos, leyes, organizaciones, reglamentos, sistemas, comités, etcétera, todos ellos enfocados a combatir la corrupción. Por mencionar algunos son: la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, el mismo Sistema Nacional Anticorrupción, la Fiscalía Especializada en Actos de Corrupción, las Entidades Fiscalizadoras Locales y hasta la Auditoria Federal de la Federación; de igual forma involucrados en este andamiaje se encuentra también la ciudadanía, como los Comités Ciudadanos a nivel nacional y local. Todo ello con el fin de llevar el proceso de combatir la corrupción dentro de la ejecución del gasto público, y en su caso, poder evaluar las acciones de gobierno, tratando de evitar que se presenten actos de corrupción.
Por ley, las instancias anteriores deberán presentar los resultados de sus actividades, para transparentar el quehacer del Estado y exigir que se cumplan con las obligaciones de rendir cuentas. En la siguiente figura se aprecian las instancias involucradas en el Sistema Estatal anticorrupción, mismas que cuentan con presupuesto del estado para el desarrollo de sus funciones: