TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN
Abraham Andrade Espinoza
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Núm. 9 / septiembre – diciembre del 2018
perspectiva de que, si bien es necesario elevar el nivel de recaudación, corresponde al gobierno lograr mayores beneficios para la sociedad mexicana con los recursos que cuenta.
Adicionalmente, en 2008 se llevó a cabo una reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de gasto público y fiscalización, la cual forma parte de la Reforma Hacendaria por los que Menos Tienen. Esta reforma estableció que los resultados del ejercicio de los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios serán evaluados por instancias técnicas, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Según Pérez (2015), Paralelamente al desarrollo de los ya mencionados modelos de presupuestación, surgió el enfoque de Presupuesto basado en Resultados (PbR). Si bien es cierto que empezó a utilizarse por el gobierno de Estados en los años sesenta y en Alemania en la década de los setenta su mayor auge lo tuvo una década más tarde. En los ochenta las economías atravesaban por un periodo de inestabilidad financiera causada por años de expansión del gasto estatal. La fórmula incrementalista en el diseño del presupuesto se volvió un obstáculo para la planeación fiscal, cada vez más rígida.
En México a partir del 2006 se empezó a cambiar la manera tradicional de presupuestar y en el 2008 se adoptó el Presupuesto basado en Resultados (PbR) como una tarea prioritaria enfocada al cumplimiento de metas y objetivos gubernamentales, a través de la optimización del gasto público.
Según Auditoria Superior de la Federación (2016), a partir de la publicación de la LFPRH en 2006, se fortalecieron las bases para el funcionamiento del
Presupuesto basado en Resultados (PbR)/Sistema de Evaluación del Desempeño (SED). Se incorporaron en la ley principios especí ficos que rigen la planeación, programación y evaluación del gasto público federal. Se buscó analizar a los programas presupuestarios y vincularlos con los logros obtenidos del mismo con base en los objetivos y metas definidos por el programa.
Según Caso (2011), el presente documento tiene como objetivo describir el proceso de implementación del PbR y del SED en entidades federativas. La importancia de lo anterior se deriva de dos aspectos fundamentales: la legislación federal vigente obliga a los tres órdenes de gobierno a su implementación efectiva. Segundo, por la oportunidad que tienen las entidades federativas del país en mejorar su desempeño gubernamental y con esto, generar mayores impactos sociales al hacer uso de recursos federales y propios. Cabe señalar, que la implementación del SED a nivel federal inició en 2007 y que paulatinamente las entidades federativas han incorporado la GpR, adaptándola a sus circunstancias particulares. Como resultado de la difusión del PbR-SED, diversas entidades federativas han instituido reformas a su marco jurídico en materia de presupuesto, gasto y contabilidad como ejercicio soberano y democrático.
Pólito, H. Z. (2013). La Reforma a la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) publicada en el DOF del 12 de noviembre del 2012, adiciona el artículo 61, el cual ordena a la Federación, a los estados a los municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluir en las leyes de ingresos, presupuestos de egresos u ordenamientos equivalentes, información específica mediante
apartados claramente definidos.
Según Chavira, J. J., & Rivera, D. I. (2016). El PbR es un componente de la GpR que consiste en un conjunto de actividades y herramientas que permite