TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN

Luz Elena Valenzuela Valdez

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Núm. 9 / septiembre diciembre del 2018

Programa Anual de Auditoría del Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización, para lo cual se analiza y evalúa la información contenida en los informes en mención y se verifica además el cumplimiento legal de la presentación de la información contable, presupuestal, programática y Anexos, con el fin de conocer la calidad de la información financiera y que se haya realizado de conformidad a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

La Normatividad Aplicada está basada en los artículos 67 y 150 de la Constitución Política del Estado de Sonora y 1, 3, 6, 7, 17, 18, 23, 27, 28, 29, 30, 31, 34, 40, 41, 42 y 70 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora, la presente auditoría se realizará utilizando las Normas de Auditoría Gubernamental consistentes en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización y en su caso, las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs) utilizadas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

A efectos de la ISSAI 1320, la importancia relativa o materialidad para la ejecución del trabajo referente a la cifra o cifras determinadas por el auditor, por debajo del nivel de la importancia relativa establecida para los estados financieros en su conjunto.

En el caso de las auditorías de la Información Financiera, la revisión privilegia el informe de Cuenta Pública proporcionado por el Municipio al ISAF por medio digital e impreso en las fechas establecidas en el artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora, toda vez que es la información más reciente y presenta cifras acumuladas.

No se determina el alcance en monto, toda vez que la evaluación es cualitativa de la información que presentan los formatos, sin embargo, se determina un alcance como sigue:

Revisar que los saldos iníciales de todos los rubros de la Balanza de Comprobación del período comparativo deben corresponder a los de la Cuenta Pública del ejercicio inmediato anterior al ejercicio en revisión.

• Cotejar el importe del Presupuesto Estimado Original para Ingresos Propios contra el Autorizado en su Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos para el Ejercicio Fiscal en revisión.

• Cotejar el importe del Presupuesto de Egresos Aprobado contra el Autorizado en su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal en revisión.

• Se revisará la Información Contable, Presupuestaria, Programática, Complementaria y Anexos, de acuerdo con lo señalado en los Procedimientos de Auditoría que se indican en el presente documento, verificando que cumplan con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), las Recomendaciones generales de llenado de los formatos emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) y en la Guía Informativa para la Presentación de la Información de la Cuenta Pública Municipal para el Ejercicio 2017.

Los procedimientos de revisión de los rubros de la Información Contable, Presupuestal, Programática, Complementaria y Anexos, que son objeto de esta revisión están en apego a las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización (NPASNF), las Normas Internacionales de Auditoría, la Planeación de la Auditoría, así como la importancia relativa o materialidad para la ejecución del trabajo.