TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN

Cecilia Ruelas Lozoya

70

Núm. 10 / enero abril del 2019

En la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora en el artículo 17 dice:

“ARTÍCULO 17.- El Instituto, además de las atribuciones específicas establecidas por la Constitución Política del Estado de Sonora, tendrá las siguientes:

I.- Definir y establecer los lineamientos, criterios, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la realización de las funciones de auditoría y fiscalización de las cuentas públicas y de los estados financieros y deuda pública, tomando en consideración las disposiciones legales aplicables; ”

Con la atribución que el artículo anterior establece para ISAF, crea el “Lineamiento de auditoría de gabinete de la información financiera trimestral y de Cuenta Pública ” que es aplicable tanto para las revisiones de los organismos estatales y municipales, en este trabajo se enfocará a las auditorías de gabinete al Gobierno del Estado, ósea, las estatales, que se componen de organismos autónomos, dependencias y entidades paraestatales, actualmente el lineamiento se encuentra a cargo de la Dirección de Evaluación y Control de Fiscalización al Gobierno del Estado de Sonora, a continuación, se describe el procedimiento que se ha clasificado en tres etapas:

1. Planeación y actividades previas a la Ejecución de la auditoría :

En esta etapa se planea la revisión de las auditorías, basándose en el Programa Anual de Auditorías de la institución y se realiza el programa de revisión de las auditorías a los sujetos fiscalizados del Gobierno del Estado, tomando en cuenta los puntos siguientes:

a) Se recibe la información proporcionada por el Congreso del Estado a ISAF por medios magnéticos e impreso, conforme al artículo 7 de

b) la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora antes señalado.

c) Se elabora el Programa Anual de Auditorías de Gabinete de los Informes Financieros y de Cuenta Pública, la cual se adiciona al Programa Anual de Auditorías de ISAF, se toma en cuenta el programa del año inmediato anterior y la documentación que envían los Poderes del Gobierno del Estado.

En reunión con la Dirección de Evaluación y Control de Fiscalización y los auditores supervisores se da a conocer el programa de auditorías, se entregan las tareas según con los recursos que se dispongan y las cargas de trabajo vigente, además de los tiempos asignados para entregar el trabajo final.

2. Ejecución del Programa Anual de Auditoría con respecto a las Auditorías de Gabinete de los Informes Financieros Trimestrales y de Cuenta Pública.

En esta etapa se registran los sujetos a fiscalizar del Programa Anual de Auditorías, en el Sistema de Gestión de Auditoría y Seguimiento a cargo de la Dirección General de Tecnologías de la Información de ISAF, asignándoles un número con el cual quedan registrados, cabe señalar que en reunión con la Dirección de Evaluación y Control de Fiscalización se asignan las auditorías a cada uno de los auditores supervisores, quienes se hacen cargo de:

d) Elaborar el oficio de Notificación de la auditoría por medio del sistema y se notifica al sujeto de fiscalización de acuerdo a la programación anual de auditorías.

e) Si es necesario se solicita a los sujetos de fiscalización información adicional, para realizar la auditoría de gabinete a los informes trimestrales y de cuenta pública.