TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN
Cecilia Ruelas Lozoya
65
Núm. 10 / enero – abril del 2019
objeto auditado y se sujeta al cumplimiento de principios elementales comunes, se menciona que la auditoría interna juega un papel determinante para conseguir los objetivos del Sistema Nacional de Fiscalización como elemento necesario en la obtención de una mejor gestión gubernamental.
La Institución Auditoría Superior de la Federación (ASF), menciona que la auditoría es un elemento principal y necesario dentro del Sistema Nacional de Fiscalización, en el año 2014, la Secretaria de la Función Pública y las Contralorías de los estados asumieron el compromiso, dentro de sus atribuciones, de unir los elementos incluidos en las normas de auditoría con el fin de armonizar sus prácticas de acuerdo a estándares internacionales y garantizar la oportunidad y pertinencia de sus hallazgos para mejorar la gestión gubernamental.
Lográndose por medio de un proceso abierto de análisis y consulta en el seno de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación, la adecuación del cuerpo normativo de las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización (NPASNF), que forman un marco de referencia en la ejecución de los entes encargados de revisar la gestión de recursos públicos, ya que determinan las líneas y directrices que establecen mejores prácticas de auditoría, asimismo en la Norma Profesional de auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 1, del nivel 1, en el apartado de Generalidades, clasifica a las auditorías según las facultades que le corresponden, en tres aspectos:
a) Auditorías financieras.
Son evaluaciones independientes, con una opinión que garantice razonablemente sobre la situación financiera de un ente, sus resultados y la utilización de los recursos apegada al marco de información financiera.
b) Auditorías de cumplimiento.
Buscan determinar en qué medida el ente auditado ha observado las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones contractuales, comprendiendo gran variedad de materias sujetas a fiscalización.
c) Auditorías de desempeño.
Son el estudio, análisis de la economía, eficiencia y eficacia de la administración pública y los programas gubernamentales, cubren todo tipo de función gubernamental. (NPASNF, 2014)
Entidad federativa: Sonora
En la historia de la revisión de las cuentas públicas en el estado de Sonora, se puede comentar que el 15 de febrero de 1985, el Congreso del Estado de Sonora, aprobó la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, donde se crea la Contaduría Mayor de Hacienda, en el artículo 2 de esta ley se disponía:
“Artículo 2.- La Contaduría Mayor de Hacienda es el órgano técnico del Congreso del Estado, por medio del cual se revisarán anualmente la cuenta pública del Estado que deberá presentar el Ejecutivo y las cuentas públicas de los municipios que deberán presentar los ayuntamientos. Asimismo, se revisarán los estados financieros que los ayuntamientos presenten trimestralmente al Congreso del Estado. ”
“Artículo 4.- La Contaduría Mayor de Hacienda, en el desempeño de sus funciones, estará bajo el control del Congreso del Estado a través de la Comisión de Vigilancia, que tendrá el carácter de permanente. Los integrantes de esta comisión serán nombrados en los términos del Decreto que Reglamenta el Funcionamiento y Gobierno Interior del Congreso del Estado de Sonora ”.