TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN

Cecilia Ruelas Lozoya

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Núm. 10 / enero abril del 2019

Trust Register, S.C., al alcance de certificación: Evaluación, Revisión, Auditoría y Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatales y Municipales en la norma (ISO 9001:2015) y estará vigente al 11 de octubre de 2019. Cabe señalar que dicho lineamiento se encuentra publicado en la página de ISAF.

Objetivo de la auditoría:

Dicho documento tiene a bien definir sus objetivos de la auditoría de gabinete en el Estado de Sonora y los clasifica como:

Objetivo

Evaluar y controlar en base al Programa Anual de Auditoría la Información financiera trimestral y de cuenta pública anual, verificando además el cumplimiento legal de la presentación de la información contable, presupuestal, programática y anexos, con el fin de conocer la calidad de la información financiera y que se haya realizado de conformidad a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Objetivos específicos

Elaborar Programa Anual de auditorías de gabinete en coordinación con la Dirección General de Fiscalización al Estado y la Dirección General de Fiscalización a Municipios.

Ejecutar la evaluación y control de la información recibida por parte del Congreso del Estado y de los sujetos de fiscalización en su caso, en apego a lo dispuesto por la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) y demás disposiciones normativas aplicables.

A quien le aplica

La aplicación de este lineamiento que se encuentra fundamentado en la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora en el artículo 39, le es aplicable a cualquier organismo o persona que reciba recursos públicos, en el documento presentado por ISAF, se informa de manera muy específica a quienes le aplica la auditoría de gabinete de la información financiera trimestral y de Cuenta Pública, para cuestiones prácticas de esta lectura se nombran sujetos fiscalizados a:

“ ARTÍCULO 1.- La presente ley es de orden público y tiene por objeto:

I.- Regular la revisión, auditoría y fiscalización superior de los estados financieros y cuentas públicas estatal y municipales, mediante la revisión, auditoría y fiscalización de los recursos públicos a cargo de los poderes del Estado, los ayuntamientos de los municipios del Estado, incluyendo a las entidades de la administración pública estatal y municipal, los organismos constitucional y legalmente autónomos y cualquier ente público estatal o municipal, así como cualquier persona de derecho público o privado que recaude, administre, maneje, custodie, aplique o ejerza recursos públicos; … ”

Fuente de información

Es necesario para iniciar una auditoría de gabinete, contar con la información que le emana de la administración y aplicación de los recursos públicos, todos los entes públicos, deberán cumplir con presentar la información trimestral, dicha información se presenta a la Secretaria de Finanzas del Estado de Sonora, por medio de la Secretaría de Planeación del Desarrollo y Gasto Público, en la Ley del Presupuesto de Egresos y Gasto Público Estatal en el artículo 22, señala que: