TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN
José Lucas Caraveo Bojórquez
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Núm. 10 / enero – abril del 2019
Introducción
El municipio de Hermosillo está ubicado al oeste del Estado de Sonora, su cabecera es la población de Hermosillo y se localiza en el paralelo 29° 05' de latitud norte y el meridiano 110° 57' de longitud oeste de Greenwich a una altura de 282 metros sobre el nivel del mar.
Colinda al noreste con Carbó y San Miguel de Horcasitas; al este con Ures y Mazatán; al sureste con La Colorada y Guaymas; al noroeste con Pitiquito y al suroeste con el golfo de California.
Posee una superficie de 15,720.35 kilómetros cuadrados, que representa el 8.02 por ciento del total estatal y el 0.76 por ciento en relación a la nación; las localidades más importantes, además de la cabecera son: Miguel Alemán, San Pedro el Saucito, Bahía Kino, Kino Nuevo, La Victoria y La Manga (Inafed, 2017).
El encargado de realizar la revisión de las cuentas públicas en el Estado de Sonora es el Instituto Superior de Fiscalización y Auditoría, el cual cuenta con las siguientes facultades y atribuciones:
Definir y establecer los lineamientos, criterios, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la realización de las funciones de auditoría y fiscalización de las cuentas públicas y de los estados financieros y deuda pública, tomando en consideración las disposiciones legales aplicables.
Elaborar el programa anual de auditorías y llevar a cabo la fiscalización superior conforme al mismo, así como realizar las auditorías en los demás casos que acuerde el Congreso para determinados sujetos de fiscalización. (H. Congreso del Estado de Sonora, 2008) (Última reforma publicada en el Boletín Oficial del Estado de Sonora 11/05/2017)
1. Antecedentes
1.1. Fiscalización en México
México siempre ha contado con diversos instrumentos de rendición de cuentas y control, ya que sin ellos no sería posible el desarrollo de las grandes culturas en el territorio nacional (Lomelí, 2016:33) .
La primera Constitución de 1824 creó la obligatoriedad del Poder Ejecutivo de rendir cuentas del ejercicio de los recursos que manejaba, y estableció la fiscalización superior de los recursos públicos como facultad del Poder Legislativo (Acosta, 2015:124).
El dato más antiguo que se tiene según Lomelí (2016), es del año de 1453 con el Tribunal Mayor de Cuentas, durante la Colonia, creado por las cortes españolas y es en 1524 que se crea el Tribunal Mayor de Cuentas de la Nueva España, en este sentido, dicha institución era la encargada de revisar los gastos que se realizaban en la expedición de Hernán Cortés y que estuvo funcionando durante tres siglos.
Pero fue el 8 de noviembre de 1995 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas de los artículos 73, 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que marcaron el inicio de la entidad de fiscalización Superior de la Federación, al crearse la Auditoría Superior que vino a sustituir la Contaduría Mayor de Hacienda.
Con el fin de seguir coordinando esfuerzos en materia de lograr una mejor fiscalización es en 2010 cuando se reafirma la necesidad instrumentar un Sistema Nacional de Fiscalización, mediante el cual se integra el control interno y la fiscalización externa, para una correcta supervisión, evaluación y control del gasto público, desarrollando esquemas similares en Estados y municipios.