TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN

José Lucas Caraveo Bojórquez

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Núm. 10 / enero abril del 2019

2. Marco de Referencia

La Fiscalización Superior, según el artículo 2 fracción VI de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora, es la facultad para conocer, revisar, auditar y evaluar el uso de la aplicación de los recursos públicos, (H. Congreso del Estado de Sonora, 2008).

Acosta (2015), afirma que el concepto de fiscalización está relacionado con quien tiene a cargo el desempeño de las tareas de inspección fiscal, quien promueve los intereses del erario, de los recursos públicos, por lo cual se puede entender la fiscalización como sinónimo de: inspección, vigilancia, supervisión y evaluación, donde se busca evaluar para comparar. De este modo se pretende evaluar y revisar todas las acciones que realiza el gobierno, para poder conocer los resultados de los programas y políticas públicas implementadas.

La fiscalización por consiguiente puede entenderse como la acción de comprobar la legalidad y el adecuado manejo y ejercicio de los recursos públicos, esto a través de la revisión de la cuenta pública, que tiene por objeto “conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el presupuesto y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas ” (Acosta, 2015:127).

De tal manera que de acuerdo la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora, en su artículo 22 nos expresa la definición de cuenta pública, la cual expresa lo siguiente:

Artículo 22. “La cuenta pública es el informe que los poderes del Estado y los entes públicos estatales de manera consolidada, a través del Ejecutivo estatal y los municipios de la Entidad y los entes públicos municipales a través de los ayuntamientos, rinden a la legislatura local, sobre su gestión financiera a efecto de comprobar que la recaudación, administración, manejo y custodia, así como la aplicación de los recursos

públicos durante el ejercicio fiscal comprendido del 1o de enero al 31 de diciembre de cada año se ejercieron en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables ”. (H. Congreso del Estado de Sonora, 2008) (Última reforma 11 de mayo de 2017).

Se puede entender entonces como gestión financiera lo siguiente:

“Actividad que se realiza en una organización y que se encarga de planificar, organizar, dirigir, controlar, monitorear y coordinar todo el manejo de los recursos financieros con el fin de generar mayores beneficios y/o resultados. El objetivo es hacer que la organización se desenvuelva con efectividad, apoyar a la mejor toma de decisiones financieras y generar oportunidades de inversión para la organización ”. (Terrazas, 2009:57).

Pineda, García, & Rodríguez (2007), nos mencionan que la cuenta pública es un informe que se realiza de forma anual, establecido por las leyes de nuestro país, para que los gobiernos informen a traves de ella sobre el origen, uso y destino de sus ingresos y gastos.

La presentación de la Cuenta Pública conduce en este sentido a la rendición de cuentas por parte de las autoridades de gobierno, en este caso del gobierno muncipal del municipio de Hermosillo, y se puede entender de la siguiente manera:

“La obligación permanente de los mandatarios o agentes para informar a sus mandantes o principales de los actos que llevan a cabo como resultado de una delegación de autoridad que se realiza mediante un contrato formal o informal y que implica sanciones en caso de incumplimiento. Los mandantes o principales supervisan también a los mandatarios o agentes para garantizar que la información proporcionada sea fidedigna ”. (Lagunes & Pineda, 2013:234).