TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN
Luis Carlos Rodríguez Montaño
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Núm. 12 / septiembre - diciembre del 2019
principalmente de apartidismo político, que fueran profesionistas con sentido crítico serían los encargados de proponer los indicadores de evaluación, y a su vez, ellos serían quienes dieran a conocer los resultados de las evaluaciones las cuales serían anuales . En ese momento, ningún congreso local incluía en sus leyes orgánicas la figura de la evaluación del desempeño legislativo, de tal forma que fue un instrumento y una herramienta muy novedosa en ese momento.
Para elegir al comité ciudadano evaluador, se estableció en el Artículo 174 de la misma Ley Orgánica, que, la Comisión de Régimen Interno y Concertación
Política (CRICP) tenía la facultad de proponer ante el pleno a por lo menos cinco personas que integrarían el comité ciudadano, el cual duraría en funciones tres años. En el mes de junio de 2008, el pleno del congreso aprobó la designación de nueve ciudadanos propuestos por la CRICP quienes estarían en funciones para el periodo 2008-2011.
La CRICP le encomendó al comité ciudadano que hiciera una propuesta de indicadores de medición, los cuales se utilizarían para evaluar la función del congreso, el comité propuso una batería de siete indicadores con sus respectivos subindicadores, tabla 1.
Tabla 1. Indicadores de evaluación del desempeño legislativo 2008-2011
No. Indicador y Subindicadores Definición
Iniciativas Enviadas
Por fracción No. de Iniciativas por Fracción / No. de Dip. por fracción
Por diputado Iniciativas por Dip. / No. de Inic. totales de la Legislatura 1
Del ejecutivo Inic. ejecutivo / Total de iniciativas
Del poder judicial Inic. Poder Judicial / Total iniciativas
Ayuntamientos Inic. por Ayuntamiento / Total de Iniciativas
2
Eficiencia legislativa
Rendimiento legislativo No. de Inciativas dictaminadas /No. de Iniciativas presentadas
Rezago legislativo
No. Inic. pend. de dictamen del periodo. / No. Total de Inic. presentadas del periodo
Rendimiento legislativo Contractual No. Total de Inic. contractuales / Inic. pend. contractuales
1
De acuerdo a lo que establece el artículo 41 de la Constitución Política de Sonora, el congreso tiene dos periodos ordinarios de sesiones, del
1° de septiembre al 15 de diciembre y el segundo de abril a junio. A partir de 2016 el segundo periodo de sesiones comprende del 1° de febrero al 30 de abril.
2
La CRICP es la comisión del congreso de Sonora que se integra por los coordinadores parlamentarios representados en el legislativo, es la
comisión que analiza los asuntos más importantes y por mayoría de votos deciden a cuáles asuntos darles más celeridad.