María Concepción Verona Martel

Selene Benítez Almeida

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Núm. 12 / septiembre - diciembre del 2019 DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v11i4.70

Pp. 22-43

consejo de administración.

Si bien el escaso tamaño de la submuestra no aconseja realizar contrastes estadísticos, se puede apuntar que no parece observarse relación entre la participación de mujeres en el consejo de administración y que la empresa incluya en su código ético el ítem de rechazo a la discriminación por razón de raza, pues Codere, S.A. no tiene mujeres consejeras y ha incluido en su código ético el ítem objeto de estudio en este trabajo.

Además, cabe añadir que las dos empresas que no tienen código ético: Edreams Odigeo, S.A. y Parques Reunidos Servicios Centrales, S.A., en la fecha de estudio, cuentan con un peso de la mujer en su consejo de un 22% y nulo, respectivamente.

Por lo que tampoco se puede afirmar que exista relación entre la presencia de mujeres en el consejo y la posesión de un código ético por parte de la empresa.

Conclusiones

El presente trabajo persigue tres objetivos. El primero consiste en analizar si la presencia de mujeres en el consejo de administración influye en que las empresas cotizadas en el mercado continuo español a último día de 2016 tengan publicado un código ético. El segundo objetivo, se centra en analizar si la presencia de mujeres en el consejo de administración de estas compañías influye en que en el código ético se incluya el ítem rechazo a la discriminación por motivo de raza. Mientras que, el tercer objetivo de este estudio se centra en analizar tal relación en el subconjunto de empresas cotizadas en el subsector de Ocio, Turismo y Hostelería dada la importancia del mismo en la economía española.

La muestra objeto de estudio en este trabajo la forman las 130 empresas pertenecientes a distintos sectores de actividad que cotizaban en la Bolsa española en el mercado continuo a 31-12- 2016. De estas, 90 (69,23%) tienen publicado un código de conducta o código ético,

no habiendo un reparto igualitario por sectores, ya que se ha observado que los sectores Petróleo y Energía y Materiales Básicos, Industria y Construcción cuentan con el mayor número de empresas en posesión de un código ético, y el que menos el sector de Bienes de Consumo.

Las pruebas estadísticas realizadas ponen de manifiesto que la presencia de la mujer en el consejo de administración no influye en el hecho de que la empresa posea un código ético.

El análisis realizado también permite señalar que, en la mayoría de los códigos éticos, concretamente en 64 de ellos (71,11%) se incluye la presencia del ítem rechazo a la discriminación por razón de raza; tales resultados se pueden valorar como positivos, aunque todavía queda un porcentaje notable de empresas que no explicitan su rechazo a este tipo de discriminación en su código de conducta y es un factor a tener en cuenta.

Se ha podido observar que determinados sectores destacan porque sus empresas han incorporado con mayor frecuencia en su código ético el ítem objeto de estudio como es el caso de los sectores Tecnología y Telecomunicaciones, Materiales Básicos, Industria y Construcción y Petróleo y Energía.

En cuanto al 28,89% de las empresas que no cuenta con este ítem en su código ético, a modo de recomendación, teniendo presente el año y siglo en que vivimos, en un mundo globalizado, y contando con la existencia de normativas que castigan este tipo de discriminación, deberían contemplar la posibilidad de incluir el ítem en cuestión en su código de conducta.

A efectos de analizar la relación entre la presencia de féminas en el consejo de administración y la inclusión en el código ético del ítem rechazo por discriminación por razón de raza se ha diferenciado el conjunto total de empresas en posesión de un código ético (90 empresas)