Mónica Ballesteros Grijalva María Eugenia De la Rosa Leal Ismael Mario Gastélum Castro

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Núm. 12 / septiembre - diciembre del 2019 DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v11i4.72

Pp. 76-93

ejercicio y cumplimiento de las funciones sustantivas y adjetivas por parte de la comunidad universitaria, responde a las necesidades de la sociedad y tiene efectos positivos sobre ella (UNISON, 2019).

El departamento de contabilidad de la Universidad de Sonora cuenta desde 2016 con el distintivo de responsabilidad social universitaria otorgado por la asociación nacional de facultades y escuelas de contaduría y administración (ANFECA), el cual fue refrendado este año (ANFECA, 2019).

Antecedentes

Antes de presentar un modelo de lo que es la Responsabilidad Social Universitaria, es interesante analizar inicialmente el concepto de Responsabilidad Social Empresarial, como un conjunto de prácticas de la organización que forman parte de su estrategia corporativa, que tienen como fin evitar daños y/o producir beneficios para todas las partes interesadas en la actividad de la empresa considerando: Clientes, empleados, accionistas, comunidad, entorno, etc., siguiendo fines racionales y que deben redondear en un beneficio tanto para la organización como para la sociedad (Vallaeys & Álvarez, 2019).

El Libro Verde de la Unión Europea la define cómo: “Concepto por el cual las empresas deciden contribuir voluntariamente a mejorar la sociedad y a preservar el medio ambiente. A través suyo, las empresas se conciencian del impacto de su acción sobre todos y expresan su compromiso de contribuir al desarrollo económico, a la vez que, a la mejora de la calidad de vida de los trabajadores y sus familias, de la comunidad local donde actúan y de la sociedad en su conjunto ” (Comisión de las Comunidades Europeas, 2001).

La UNESCO en su Conferencia Mundial sobre Educación Superior de 2009, sosteniendo que “la educación superior tiene la responsabilidad social de hacer avanzar nuestra comprensión de problemas polifacéticos con dimensiones sociales, económicas, científicas y culturales, así como nuestra capacidad de hacerles frente ” (UNESCO, 2009: 2), invocando a un liderazgo social en materia de conocimiento de alcance mundial para abordar temáticas pendientes en la agenda transnacional.

La responsabilidad social como paradigma (Aldeanueva et al., 2015; Olvera & Gasca, 2012) en un contexto mundial marcado por una crisis transversal en un escenario caracterizado por la falta de referentes cognitivos. A partir de este constructo, la literatura nos remite a Responsabilidad Social (RS) apropiada por los diferentes stakeholders o interlocutores sociales (García, 2014; Noland & Phillips, 2010), cada uno de los cuales acumula intereses implícitos y explícitos (Aldeanueva & Jiménez, 2013) y surgen nuevos escenarios en donde generar estas políticas, transformándose en conceptos como “Responsabilidad Social Corporativa ” (RSC), dirigida a la empresa, “Responsabilidad Social Organizativa ” tanto pública como privada (RSO) y “Responsabilidad Social de Administraciones Públicas ” (RSAP).

Por lo tanto, sin descartar los aportes de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), con el pretexto de que, las universidades no son empresas, sin borrar los esfuerzos de las ciencias de gestión para construir herramientas de vigilancia de las actividades e impactos organizacionales en pro de un desarrollo humano y sostenible, necesitamos una definición de RSU que sea realmente útil y adaptada al quehacer académico.