TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN
Amezcua Luján, M. K., Rivera Espinoza, M. P., y Ruiz Moreno, M. R.
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Año 5, núm. 14 / mayo - agosto del 2020
Tabla 1. Comparación de tasas de evasión fiscal en contribuyentes obligados a llevar contabilidad
Tipo de contribuyente y régimen fiscal en el que tributa
de conformidad con la LISR
Obligación de
llevar
contabilidad de
conformidad
con la LISR
Obligación de
aplicar normativa
contable nacional
o internacional de
conformidad con
la LISR
Media aritmética de tasas de evasión fiscal según estudio de
tasas de evasión durante el periodo de 2005 a 2016
Personas morales SÍ SÍ 42.42% Persona física con ingresos
por arrendamiento y en
general por otorgar el uso o goce temporal de bienes
inmuebles
SÍ No 85.25%
Persona física con ingresos
por actividades empresariales
SÍ No 68.38%
Nota. En relación con las personas físicas con ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado no se incluyen en el cuadro comparativo en virtud de que dichos contribuyentes no cuentan con la obligación de llevar contabilidad de conformidad con la LISR vigente en 2020 y la obligación de enterar el tributo es del patrón y no del contribuyente. Se unifican las personas morales del régimen general de ley y con fines no lucrativos, toda vez que en el estudio de evasión global de 2017 se conjuntan tanto las empresas con fines lucrativos como las asociaciones civiles.
Fuente: Elaboración propia a partir de San Martín et al. (2017); Honorable Congreso de la Unión (2005-2016, 2020c).
Las medias aritméticas se determinan sumando las tasas de evasión fiscal del año 2005 al año 2016 de los tres tipos de contribuyentes entre el total de años de dicho periodo, que suman 12 años. Como se observa en la Tabla 1 las medias aritméticas muestran que las tasas de evasión fiscal son menores en las personas morales con una media del 42.42%, quienes además de contar con la obligación fiscal de llevar contabilidad se ven forzadas a la aplicación de la normativa contable nacional o internacional. En comparación, las personas
físicas con ingresos por arrendamiento o con actividad empresarial presentan medias aritméticas de tasas de evasión fiscal del 85.25% y 68.3%, respectivamente, y solo cuentan con la obligación de llevar contabilidad y no de aplicar normativa contable.
Esta tendencia de evasión fiscal también la documentan San Martín et al. (2017) en su estudio al señalar que la tasa más alta de evasión de ISR es de personas físicas de ingresos por arrendamiento, seguida del ISR para personas físicas con actividades
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Ver información completa en Anexo III. Estimación de la Evasión Fiscal por concepto de ISR del estudio de evasión global 2017 (San
Martín et al., 2017).