Martín Izquierdo, E.
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Año 6, núm. 16 / enero - abril del 2021
La doctrina judicial ha venido declarando que no es posible apreciar la existencia de acoso sexual sin el elemento subjetivo, si bien se está flexibilizando, ya que se está empezando a incluir una perspectiva de género
en las sentencias, y suele ser suficiente una señal inequívoca de rechazo de la actitud para que se entienda que existió dicha oposición. Algunas sentencias que confirmación un cambio de orientación son:
Tabla 3
Sentencias que reflejan un cambio de orientación a la hora de juzgar casos de acoso sexual juzgando con perspectiva de genero
SENTENCIA ECLI INFORMACION RELEVANTE |
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Hechos probados : Un trabajador accede ilegalmente el número de teléfono de la trabajadora de la oficina del supermercado donde trabajaba, STSJ de y decide colgarlo en el tablón de anuncios del hall, anunciando el Cantabria, Sala ofrecimiento de sexo. de lo Social de ES:TSJCANT:2008:415 Razonamiento del tribunal: En este caso el tribunal confirma la fecha procedencia del despido del trabajador que comete el acoso sexual sobre 25/03/2008 la trabajadora. Asimismo, califica como acoso sexual, subsumiendo las conductas propias del acoso por razón de sexo, ya que considera que sobrepasa la broma pesada, y atenta con su dignidad. |
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STSJ de Andalucía (Sevilla), Sala de lo Social, de fecha 15/09/2009 |
ES:TSJAND:2009:8189 |
Hechos probados : un trabajador que trabaja en un servicio médico de prevención de riesgos laborales y realiza consultas médicas a los trabajadores. Cuando examina a las trabajadoras, las hace desnudarse, sin ser necesario. Resultando advertido por la empresa de que no tiene que realizar dicho comportamiento ya que se había presentado quejas. A pesar de las advertencias, continúa haciéndolo por lo que al final es despedido. El Razonamiento del tribunal: Tribunal confirma el despido y califica su conducta como acoso sexual. Legitimando la sanción de despido acordada por la empresa pues, aunque el despido disciplinario como sanción máxima que nuestro ordenamiento laboral prevé frente a incumplimientos del trabajador grave y culpable debe ser aplicado con criterio restrictivo, en este caso y debido a que trabajador no acata las advertencias de la empresa, es adecuada la proporcionalidad de la medida. |
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Además, esta sentencia indica la evolución del acoso sexual y el acoso por razón de género en el ámbito europeo. En la que reitera que la
situación de acoso no sea deseada (sea sexual o por razón de sexo) por parte de la víctima (carácter subjetivo). Además, no se interesa por la apreciación del agresor. Señalando que “ello implica que, al final, resulte necesario evidenciar la oposición frente a las conductas de acoso, mostrando la víctima su rechazo al comportamiento del sujeto activo al ponerle de manifiesto el carácter indeseado de sus actos ”.