TRASCENDER, CONTABILIDAD Y GESTIÓN
Domínguez Díaz, A. M.
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Año 5, núm. 15 / septiembre - diciembre del 2020
Introducción
Los términos responsabilidad social corporativa (RSC) y empresas de la construcción no suelen aparecer unidos con frecuencia. A las empresas constructoras se las vincula, dada su actividad, con efectos perjudiciales al medio ambiente, y precisamente por esta razón deberían tener un alto desempeño en materia social y ambiental, con el fin de mejorar su imagen ante todos los grupos de interés, incluida la sociedad en general.
Una de las definiciones más frecuentemente utilizadas para hacer referencia a qué se debe entender por RSC es la recogida en el Libro Verde de la Comisión Europea (Comisión Europea, 2001: 7) que la define como: “la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores ”.
Por su parte, la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) define la responsabilidad social corporativa (AECA, 2003: 9) en los siguientes términos:
El compromiso voluntario de las empresas con el desarrollo de la sociedad y la preservación del medio ambiente, desde su composición social y un comportamiento responsable hacia las
personas y grupos sociales con quienes se interactúa.
Ser socialmente responsable “no significa solamente cumplir plenamente las obligaciones jurídicas, sino también ir más allá de su cumplimiento invirtiendo «más» en el capital humano, el entorno y las relaciones con los interlocutores ”, y todo ello puede aumentar la competitividad de las empresas y tener también un impacto directo en la productividad (Comisión Europea, 2001: 7).
En la misma línea, se pronuncia AECA (2003: 9), al señalar que la RSC:
Va más allá del mero cumplimiento de la normativa legal establecida y de la obtención de resultados exclusivamente económicos a corto plazo. Supone un planteamiento de tipo estratégico que afecta a la toma de decisiones y a las operaciones de toda la organización, creando valor en el largo plazo y contribuyendo significativamente a la obtención de ventajas competitivas duraderas.
En la tabla 1 se recoge según AECA los principios básicos de la RSC, que constituyen las reglas fundamentales que rigen el comportamiento socialmente responsable de las organizaciones (AECA, 2003: 20-22).