Castellano Montesdeoca, E.

6

Año 5, núm. 15 / septiembre - diciembre del 2020

DOI: https://doi.org/10.36791/tcg.v0i14.85

Pp. 2-26

accidente que haya sufrido la persona (Trinidad, 2018: 32).

También, puede hacerse la clasificación teniendo en cuenta la capacidad de la persona que se vea afectada, en tal caso la discapacidad puede ser mental, intelectual, sensorial y física.

La mental hace referencia a alteraciones o deficiencias en las funciones mentales. Por lo que el individuo presenta trastornos del comportamiento, del razonamiento y de la compresión de la realidad, lo que le dificulta acciones como concentrarse, sentir, pensar o relacionarse con otras personas. A su vez, la intelectual se refiere a limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en la conducta adaptativa. La sensorial hace referencia a la pérdida total o parcial de uno de los sentidos, pero por lo general se utiliza para referirse a los sentidos de la vista, del habla y del oído. Así, la discapacidad sensorial visual es la carencia o deterioro de la función de ver, la del habla se refiere a no poder hablar o hacerlo con dificultad, mientras que la auditiva es el deterioro o pérdida de la audición.

La discapacidad física hace referencia a la presencia de una situación o estado que impide o dificulta moverse con libertad y de un modo plenamente funcional al sistema motriz. De ahí que también sea conocida como discapacidad motriz. Esta discapacidad afecta “al aparato locomotor e incide especialmente en las extremidades, aunque también puede aparecer como una deficiencia en la movilidad de la musculatura esquelética ” (Observatorio de la Discapacidad Física, 2020). Las extremidades afectadas pueden ser las superiores, las inferiores o a ambas. La mayor parte de las discapacidades físicas (superior a un 80%) son sobrevenidas después de nacer, bien por condiciones

comunes o por accidentes (Observatorio de la Discapacidad Física, 2020).

Se pueden distinguir tres tipos de discapacidad física (Observatorio de la Discapacidad Física, 2020):

Orgánicas, aquellas que afectan a la cabeza, la columna vertebral y las extremidades inferiores y superiores; afectación de órganos y vísceras, a las que afectan a los aparatos respiratorio, cardiovascular, digestivo y urinario y a los sistemas metabólico e inmunológico; y déficits de las estructuras musculares relacionadas con el movimiento de las extremidades.

También, se ha de mencionar al hacer referencia a la discapacidad física las deficiencias vinculadas a la misma, las cuales se denominan según el número de extremidades y las partes del cuerpo que se vean afectadas, pudiéndose agrupar en cuatro bloques (Observatorio de la Discapacidad Física, 2020):

La monoplejía, que es la parálisis de una única extremidad; la paraplejia, que supone la parálisis en la mitad inferior del cuerpo; la tetraplejia, la pérdida de movilidad en todas las extremidades y, la hemiplejia, la parálisis de un lado del cuerpo.

Este trabajo se centra en las personas que padecen discapacidad física que les produce una reducción de la movilidad, como por ejemplo, aquellas que tienen que usar silla de ruedas, o bien, bastón, muleta/s o un andador como apoyo para caminar.

Definición de accesibilidad

El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en su artículo 22 referido a la accesibilidad indica lo siguiente: