Romandía Matuz, J. E., y Ordaz Álvarez, A.
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Vol. 8, núm. 22 / enero – abril del 2023
Prieta no sólo toma en cuenta lo establecido en la ley, sino que también busca que sus ciudadanos se encuentren incluidos como parte del nuevo sistema de gobierno abierto.
Una de las características de este grupo es la ausencia de un portal de uso exclusivo para el gobierno electrónico por parte del ayuntamiento de San Ignacio de Río Muerto, dejando sin utilizar un gran campo de acción si se considera que se trata de una herramienta necesaria en la actualidad; de igual manera, la falta de herramientas electrónicas se detecta con la carencia de ciertas especificaciones necesarias en 16 ayuntamientos, entre ellas la falta de un apartado para el manejo de las denuncias y la inexistencia en algunos casos de la posibilidad de realizar trámites mediante un acceso cibernético.
Por su parte, siguiendo la misma metodología, el grupo de municipios con población por debajo de los 10 habitantes está compuesto por un total de 50 municipios. En la mayoría de estos gobiernos se cuenta con una página oficial del correspondiente ayuntamiento; cabe destacar que este grupo, además de tener el menor número de habitantes, son los que cuentan con una menor cantidad de recursos para cumplir con sus actividades. Son el 69% de la composición total del estado.
En este periodo se observa que existe un fuerte compromiso con lo establecido en la ley de acceso a la información pública del estado de sonora, ya que los ayuntamientos que cuentan con su portal cumplen con lo establecido en la mayoría de los casos y en otros se están realizando las acciones necesarias para el cumplimiento de dichas disposiciones. En el caso de los municipios con un menor número de habitantes, este aspecto se puede calificar como aceptable, debido a que un 86% de los gobiernos cumplen con los requerimientos definidos en la ley de acceso a la
información pública del estado de Sonora, con los que se busca no sólo el cumplimiento de una obligación, sino que buscan mejorar la inclusión de los ciudadanos en la toma de decisiones.
La ley de acceso a la información pública del estado de Sonora establece que los ayuntamientos deben proporcionar información sobre su cuenta pública, la publicación del plan municipal de desarrollo y la publicación digital de todo lo requerido por la ley. De los 72 municipios del estado de Sonora, sólo el 11% de ellos no cumplen con lo establecido en la normatividad; el 81% de los gobiernos municipales cumplen con las especificaciones establecidas en la ley, así como los diversos artículos de los cuales está comprendida; de la misma manera, sólo 5 municipios tienen todas las especificaciones planteadas para la evaluación de este rubro.
En resumen, utilizando un método de evaluación flexible para los diversos gobiernos municipales del estado de Sonora, se observa que 50 de estos ayuntamientos cumplen con los requerimientos básicos de transparencia, portal web y rendición, situación que fomenta el gobierno abierto para la población de los diversos asentamientos, esto se puede traducir como que estos gobiernos pueden ser calificados como aceptables en esta materia.
Se observa que la transparencia y rendición en los ayuntamientos sonorenses en este periodo aún necesitaba de esfuerzos complementarios que les permitiera cumplir cabalmente con estas disposiciones. Se reconoce el compromiso que un ayuntamiento asume al ir más allá de lo requerido, incorporando aplicaciones para los teléfonos móviles, opción de idiomas, y la oportunidad de poder realizar quejas y procedimientos en una plataforma virtual. Los actuales portales de internet en los que se ofrecen servicios gubernamentales se encuentran en proceso de evolución; a medida que la